Desde ayer las empresas quedan obligadas a utilizar planillas electrónicas.

(ANDINA).- Desde ayer las empresas están obligadas a utilizar la nueva versión del PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601, para registrar información sobre el personal a su cargo, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).

Se trata del PDT Planilla Electrónica, Formulario Virtual Nº 0601 – versión 1.2, que posibilitará a los empresarios informar sobre la categoría ocupacional del trabajador y los lugares de formación de los beneficiarios de modalidades formativas laborales.

También ingresarán la data sobre las fracciones de hora trabajada, ya sean éstas ordinarias o en sobretiempo; y, el descuento automático de las bases imponibles de los importes consignados en las casillas tardanzas e inasistencias.

Sector público

En lo que corresponde a las entidades públicas, se habilita una nueva opción para que puedan registrar a las personas con contrato administrativo de servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 (antes bajo la modalidad de contratos por servicios no personales), a fin de que se declare y pague los aportes previsionales y a la seguridad social, cuando corresponda.

De ahí que, este documento facilita la declaración y/o pago de las retenciones del Impuesto a la Renta y de la contribución a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) que correspondan por los CAS, así como la incorporación del concepto Asegura Tu Pensión, que permitirá a los trabajadores afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) garantizar la continuidad de sus aportes por un año, mientras se encuentren sin empleo, siempre y cuando el despido sea por causales no imputables.

La nueva versión de las planillas electrónicas fue aprobada mediante RS N° 125-2008/SUNAT, y recoge algunas sugerencias efectuadas en las reuniones de coordinación realizadas entre la Sunat y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, así como con los gremios empresariales.

Registro laboral on line

Desde hoy, el 70 por ciento de los trámites que se realizaban personalmente en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) se efectuarán a través de internet, usando únicamente la clave del sistema de operaciones en línea de la Sunat (Clave Sol).

Se trata de la puesta en marcha del servicio de registro de contratos y convenios laborales on line, que funcionará las 24 horas del día. Así, todos los empleadores de Lima y Callao podrán registrar desde la comodidad de sus oficinas más de un millón de contratos y convenios a través de la página web institucional: www.mintra.gob.pe Dicho servicio será usado por cualquier empleador de la micro, pequeña o gran empresa.

Éstos, además, podrán registrar hasta siete tipos de contratos y sus respectivas prórrogas, como los contratos sujeto a modalidad, a tiempo parcial, régimen de exportación no tradicional, trabajo a domicilio, de futbolistas profesionales, de trabajadores destacados en empresas que realizan intermediación laboral y de empresas que desarrollan cultivos o crianza.

De interés

Atener en cuenta Los cambios incorporados a la nueva versión del PDT Planilla Electrónica son:
1Incorpora la prima por concepto Asegura Tu Pensión para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones que contraten el mencionado seguro.
2Posibilitar la declaración de las retenciones del Impuesto a la Renta y la contribución a la ONP que correspondan por el contrato administrativo de servicios (CAS). 3Requiere especificar: (1) si existen trabajadores sin régimen pensionario, (2) la categoría ocupacional del trabajador, (3) los trabajadores y prestadores de servicios perceptores de rentas respecto de las cuales resultan de aplicación los convenios para evitar la doble imposición y (4) los establecimientos propios o de terceros donde realizan su labor los prestadores de servicios mediante modalidades formativas.

Asesorías

– Para mayor información sobre los aspectos laborales de la Planilla Electrónica, se podrá consultar al correo electrónico: prodlab@mintra.gob.pe, o a los teléfonos 3156000 o 3157200, anexos 3056, 3058, 3059, 3060 y 3062.
– Respecto al tema tributario e informático, se podrá ingresar a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe), comunicarse con la Central de consultas telefónicas (0-801-12-100) o dirigirse a los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país.