Presidente García promulgó decreto donde se elimina el “área de fumadores” en lugares cerrados

Esta noche el presidente de la República Alan García Pérez promulgó un decreto supremo, el cual elimina las áreas para fumadores, además de aumentar las sanciones a los infractores de la Ley Nº 28795, Ley General para la Prevención y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco.

Según la Secretaria de Prensa de la Presidencia de la República, en esta Ley Nº 28795 se ha modificado ocho artículos y algunos numerales de dos artículos del Reglamento, donde se elimina la existencia del “área de fumadores”.

La cláusula principal señala que “Está prohibido fumar en la totalidad de los ambientes de los establecimientos dedicados a la salud y educación, así como en el interior de los lugares de trabajo y las dependencias públicas”. Esto quiere decir que está prohibido fumar en los interiores de todo espacio público cerrado y en todo medio de transporte público.

Por los cual deben ser colocados en dichos ambientes anuncios en idioma español con o sin imágenes la siguiente leyenda: “Está prohibido fumar en lugares públicos por ser dañino para la salud”, “ambiente 100% libre de humo de tabaco”.

Es así que la responsabilidad para que este decreto se cumpla recae en el Gobierno Central, Gobiernos Regionales y Municipales y para ello, se deberá realizar inspecciones en tales lugares. Y para ello Ministerio de Salud emitirá una Norma Técnica de Inspecciones con el propósito de que los procedimientos y criterios sean los mismos en todas las inspecciones.

Cabe señalar que se entiende como espacios públicos cerrados, según el decreto supremo a todo lugar de acceso público cubierto por un techo y tenga más de una pared independientemente del material utilizado, de su extensión o altura y de su carácter temporal o permanente.

Asimismo, los lugares de trabajo son definidos como un lugar utilizado por las personas durante su empleo o trabajo y se da tanto en el trabajo remunerado como el voluntario del tipo que normalmente se retribuye. Y lugares de trabajo no sólo se define donde realiza el trabajo, sino también todos los lugares que los trabajadores suelen realizar en el desempeño de su empleo, como por ejemplo: los pasillos, ascensores, tragaluz de escalera, vestíbulos, instalaciones conjuntas , cafeterías servicios higiénicos, salones, comedores y edificaciones anexas tales como cobertizos, entre otros.

Igualmente los vehículos de trabajo son considerados lugares de trabajo, por lo que se deben identificar como tales.
En tanto, el transporte público se define como unidades de transporte individual o masivo, terrestre, aéreo o marítimo utilizadas para transporte de pasajeros, sin importar su condición, calidad o tonelaje.

Las Multas

En el caso de los infractores que comercialicen productos de tabaco con menores de edad, y son personas jurídicas con capital social mayor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (equivalente a 36 mil nuevos soles), serán sancionados con una multa asciende a 10 UIT, más el cierre definitivo del establecimiento o la cancelación de la licencia respectiva.
Si el infractor es persona natural o persona jurídica con capital social menor o igual a 10 UIT, la sanción es multa de 4 UIT y el cierre definitivo del establecimiento o cancelación de la licencia respectiva.

Cuando el infractor venda cajetillas de cigarrillos que contengan menos de 10 unidades, incluyendo el expendio unitario de cigarrillos, y es persona jurídica con capital social mayor a 10 UIT, la sanción será multa equivalente a 8 UIT y el cierre definitivo del establecimiento o cancelación de la de la licencia respectiva, según corresponda.
Si el infractor es persona natural o persona jurídica con capital social menor o igual a 10 UIT, la multa es de 3 UIT más el cierre definitivo del establecimiento o cancelación de la licencia respectiva.

Con el jefe de Estado firma la norma el ministro de Salud, Óscar Ugarte.
El decreto supremo será publicado el sábado en la edición de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

Un documental para cambiar la ley del tabaco.